- Pon cada comisión por escrito antes de la oferta. El agente listador necesita un contrato de intermediación firmado con el vendedor (porcentaje y quién paga). Si otro agente trae al comprador, ambos firman un convenio de comisión compartida — en Multilistado es el convenio que firman en su portal, con código de verificación público.
- Inclúyela en la promesa de compraventa. Pide que la promesa de compraventa diga que el vendedor pagará las comisiones el día de la escritura, y que mencione a los agentes.
- El vendedor avisa al notario desde el inicio. Cuando el vendedor envía sus documentos a la notaría, debe indicar por escrito (basta un correo o un escrito breve) que las comisiones se pagarán en la firma, y anexar los convenios de comisión.
- Cada agente envía su factura y datos bancarios. Factura (CFDI) a nombre de quien paga, la CLABE y el folio de licencia estatal. En Baja California el notario debe verificar la licencia de los agentes antes de escriturar (art. 6 de la ley), así que manda el folio desde el principio.
- Pide que las comisiones aparezcan en la hoja de liquidación. Antes de la fecha de firma, pide a la notaría la hoja de liquidación y revisa que cada comisión aparezca con el monto y beneficiario correctos. Si se usa escrow, lo mismo va en las instrucciones de dispersión que firman vendedor y comprador.
- Confirma las transferencias el mismo día. Pide los comprobantes de transferencia en la firma. En Multilistado, el agente colaborador marca el convenio como "pagado" — los convenios cumplidos aparecen en el perfil público de cada agente.
- Si no se pagó. Abre una disputa en el convenio y presenta una queja ante la asociación del agente (en AMPI, la Comisión de Honor y Justicia). Las controversias de comisión entre agentes las atienden las asociaciones y los tribunales, no el estado. Quejas →
Cada notaría trabaja un poco distinto: pregunta a la tuya con tiempo cómo prefiere recibir la instrucción y las facturas. Esta guía es informativa, no asesoría legal.